Rectificación de Actas

Las actas de nacimiento, matrimonio o defunción que contengan un error u omisión atribuible al registrador consular, podrán ser rectificadas en el Consulado donde se encuentren registradas.

¿Cuáles son los requisitos?

  1. DNI peruano. Si es ciudadano extranjero, el documento que lo identifique en el extranjero (pasaporte).
  2. Solicitud de rectificación efectuada por el titular del acta. Si es menor de edad, por sus padres o apoderado. 
  3. Imprimir, absolver y firmar la Solicitud de Rectificación Administrativa, que deberá presentar el día de su cita. Descárguela aquí.
  4. En caso el solicitante no sea el titular del acta, deberá presentar:
    • Acta de nacimiento o matrimonio, que compruebe su vínculo con el titular.
    • Poder o documento peruano que compruebe haber sido designado como tutor o curador.

         5. Documento o documentos que prueben el error en la inscripción. 

Importante

La solicitud de rectificación sólo podrá ser presentada por:
  1. El titular del acta.
  2. Los padres, hermanos, cónyuge o hijos del titular.
  3. El Apoderado, tutor o curador del titular.

Coste

Gratuito

EntregaEl proceso de rectificación se efectúa dentro de los cinco (05) días hábiles, contados desde la presentación de la solicitud.

Solicitar cita

Info de contacto

Dirección

Rúa Policarpo Sanz, Nº3 – 7ºA, 36202 Vigo, Pontevedra

Email

info@consuladoperugalicia.org

Teléfono

+34 650 352 633

Whatsapp

+34 650 352 633

Horario

Lunes, miércoles y viernes de 10 a 14