Sustracción Internacional de Menores de Edad

El Perú es Estado Parte del Convenio de la Haya sobre Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores, cuyo propósito fundamental es fortalecer la cooperación entre los Estados que lo suscriben, a fin de adoptar medidas eficaces para la pronta restitución de los niños, niñas y adolescentes sustraídos o ilícitamente retenidos a su país de residencia, visita o custodia.
La Sustracción Internacional de menores de edad es aquella situación en la cual uno de los padres sin permiso del otro progenitor sustrae, traslada o retiene a sus hijos menores de edad, de manera ilegal en el extranjero, despojando a los menores de su residencia habitual y vulnerando el derecho de custodia, guardia o tenencia y/o el de visita que ejercía un padre o ambos.
La retención ilícita se refiere a cuando el menor viaja al exterior con uno de los padres con permiso legal del otro, a través de una autorización de viaje notarial o judicial. Sin embargo, vencido el plazo del permiso, el menor no retorna a su país de origen.
A través del mencionado Convenio se ha previsto un procedimiento universal que permite simplificar procedimientos que de otra manera serian complicados, debido a la participación de múltiples Estados.
En el Perú la Autoridad Central en materia de Sustracción Internacional de Menores es el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a través de su Dirección General de Niñas Niños y Adolescentes.

Puede encontrar a las Autoridades Centrales Competentes de cada país en:

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